Certificados y otros trámites

Constancia de Antecedentes Penales en México

El certificado o constancia de antecedentes penales se tramita y obtiene solamente en México.

Las Embajadas y Consulados de México en el exterior no tienen facultades para expedir este documento que solicitan generalmente autoridades españolas para trámites de residencia, nacionalidad o empleo.

Si usted requiere una constancia de antecedentes penales puede optar por tramitar en México la constancia federal de antecedentes penales o la constancia de datos registrales. Cualquiera de los dos documentos es aceptado en España como carta de antecedentes penales. Tenga en cuenta que se trata de 2 trámites diferentes con requisitos y procedimiento diferentes.

Revise con detalle la siguiente información para realizar su trámite adecuadamente:

 * Constancia Federal de Antecedentes Penales.
* Carta consular a la FGR para tramitar la Constancia de Datos Registrales en México.

Otros certificados:

* Certificado de ley mexicana (ejemplo no publicación de edictos)
* Certificado de cotejo

* Expedición de copias certificadas de actas de nacimiento, matrimonio o defunción de registro civil levantadas en Embajadas y Consulados mexicanos, así como de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción levantadas en oficinas de registro civil en México.

* Certificado de supervivencia física de los pensionistas del Gobierno Mexicano.

* Certificado de capacidad matrimonial (información)

MÁS INFORMACIÓN SOBRE OTROS TRÁMITES


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CERTIFICADO DE LEY MEXICANA (ejemplo no publicación de edictos)

Las oficinas consulares pueden expedir Certificados de Leyes Mexicanas para hacer constar el texto de una ley y la fecha en que está o estuvo vigente en México, indicando la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como su inicio y/o fin de su vigencia.

El Certificado de Leyes Mexicanas puede referirse a leyes locales o federales, o bien a tratados suscritos por México.

El certificado de no publicación de edictos, se refiere a un certificado de leyes mexicanas sobre las disposiciones jurídicas del Código Civil Federal referente a los requisitos para contraer matrimonio, que no establece la publicación de edictos como requisito.

Requisitos

Enviar al Consulado Honorario de México en Tenerife por correo electrónico a la dirección secretaria@consultenerife.com la siguiente documentación: 

  • Presentar formato de solicitud debidamente llenado. Puede acceder al formato pulsando aquí
  • Copia de su pasaporte. Solo hoja de datos y fotografía; ver ejemplo de la fotocopia dando click aquí
  • Las tasas por la expedición del certificado se abonan mediante giro postal de Correos. Contacte con nosotros en el correo secretaria@consultenerife.com y le daremos las instrucciones para realizar el pago.
    Importe: consultar nuestra sección de tarifas consulares. Tengan en cuenta que las tarifas varían mensualmente.

El Consulado Honorario remite la documentación a la Sección Consular, que será quien solicite al área correspondiente de la Cancillería mexicana el texto legal que se certificará. Una vez se cuente con el Certificado en el Consulado se le avisará para venir a retirarlo.

El tiempo aproximado de tramitación es de 2 a 3 semanas.


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CERTIFICADO DE COTEJO

Descripción del trámite

El cotejo consular es una acción jurídica que implica que el funcionario ha tenido a la vista un documento original y lo ha comparado con su copia simple para certificar que se trata de una copia fiel.

El certificado de cotejo aplica únicamente para documentos públicos o privados mexicanos para que surtan efectos ante alguna autoridad mexicana o extranjera, que lo solicite en algún trámite. El certificado de cotejo no implica el otorgamiento de validez a su contenido ni acredita la autenticidad del documento presentado en original, sino verifica que el cotejo fue realizado por un funcionario público debidamente acreditado.

El certificado de cotejo no es una legalización de documento ni tampoco sustituye el certificado conocido como “apostilla”.

Requisitos

El interesado deberá solicitar cita para acudir al Consulado Honorario y presentar los siguientes documentos:

  1. Llenar y firmar la solicitud correspondiente
  2. Original y copia del pasaporte
  3. Original y 2 copias del documento público o privado que se desea cotejar. Será imprescindible entregar el documento original para que pueda emitirse el certificado de cotejo.
  4. Las tasas por la expedición del certificado se abonan mediante giro postal de Correos. Contacte con nosotros en el correo secretaria@consultenerife.com y le daremos las instrucciones para realizar el pago.
    Importe: Consultar nuestra sección de tarifas vigentes. Tengan en cuenta que las tarifas varían mensualmente.

Se enviará toda la documentación a la Sección Consular de la Embajada de México en España y una vez emitida y enviada al Consulado Honorario se avisará para que puedan acudir a retirar el certificado de cotejo y el documento original.

Tiempo de procesamiento de 2 a 3 semanas.


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CONSTANCIA FEDERAL DE ANTECEDENTES PENALES

Descripción de este trámite

La constancia federal de antecedentes penales (CFAP) es un documento oficial del Gobierno de México en el que se hace constar la existencia o no de antecedentes penales de una persona.

Este documento es emitido por el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

¿A quién está dirigido?

Personas mexicanas que necesiten obtener la constancia de antecedentes penales de carácter federal (CFAP).

Generalmente, la CFAP es solicitada por las autoridades de España o Andorra como requisito indispensable para trámites de residencia con o sin permiso de trabajo; autorización de estancia por estudios; cambio de estatus migratorio de estudios a permiso de trabajo; o para la obtención de nacionalidad

Procedimiento:

1. Obtener la CFAP en línea en el enlace https://constancias.oadprs.gob.mx/ Usted obtendrá un documento digital en formato PDF.

2. Solicitar a un familiar o persona de confianza en México que imprima la CFAP (el formato PDF digital que le llega a su correo electrónico) y que la presente en la Secretaría de Gobernación para apostillar el documento. 

Para mayor información sobre el trámite de la apostilla, puede revisar el siguiente enlace: https://www.gob.mx/tramites/ficha/apostilla-de-documentos/SEGOB3000 

3. Su familiar o persona de confianza deberá enviarle por mensajería postal la CFAP original con apostilla para que usted pueda presentarla ante la autoridad española que se lo está solicitando.

El trámite de la CFAP y de la apostilla a este documento solamente se puede llevar a cabo en la ciudad de México.

Preguntas frecuentes sobre este trámite

No puedo ir a México a gestionar el documento personalmente, ¿qué puedo hacer?

Como se ha señalado, el trámite de la CFAP se ha facilitado y ahora se obtiene en línea. Solamente requiere que un familiar o amigo puede gestionar en su nombre la apostilla.

¿La Embajada me puede facilitar datos de una persona o gestoría que me ayude con el trámite en México?

No. La Embajada no puede ofrecer información de servicios de esa naturaleza. 

¿Puedo obtener la constancia de antecedentes penales por medio de la Embajada?

No. Con el cambio en el sistema para obtención de este documento, la Embajada no realiza ninguna gestión o tiene facultades para intervenir en este trámite. 

Cuando realizo el trámite y llego a la sección de pago, no me permite concluir la gestión con mi tarjeta bancaria de España ¿Cómo se resuelve?

Las autoridades del OADPRS han indicado que, debido a cuestiones normativas, el pago en línea del trámite solamente se puede realizar con tarjeta bancaria de una institución mexicana.

Para concluir la gestión, realice el pago con una tarjeta de una institución bancaria mexicana, que no necesariamente debe estar a su nombre.

¿Puedo presentar para mi trámite en España el certificado de antecedentes penales que se puede obtener en línea por parte del gobierno de la ciudad de México (u otras entidades federativas)?

Ese tipo de documentos digitales se expiden para ser utilizados en México. No podrían ser de utilidad para sus trámites en España, ya que deberían contar con la apostilla y no son sujetos a ello.

¿Tiene el mismo valor la Constancia de Antecedentes Penales Locales o Estatales que la Federal?

No. De acuerdo con lo señalado por las autoridades mexicana, la Constancia de Antecedentes Penales Federal es la única que tiene validez para trámites en el extranjero.

No tengo mi Clave Única de Registro Poblacional (CURP) que se requiere para el trámite ¿Qué puedo hacer?

Si usted no sabe su clave CURP o no cuenta con ella consulte el tema en el Registro Nacional de Población de México (RENAPO).

Consulte el siguiente enlace para mayor información:

https://www.gob.mx/curp/

Tengo dos CURPS y no me había dado cuenta ¿Qué puedo hacer?

Si usted cuenta con doble registro de CURP, deberá resolver primero este tema con el Registro Nacional de Población de México (RENAPO). Hasta en tanto no resuelva esa incidencia, su solicitud no podrá ser atendida.

Consulte el siguiente enlace para mayor información:

https://www.gob.mx/tramites/ficha/modificacion-o-correccion-de-la-curp/SEGOB171

Mis familiares o conocidos en México me dicen que para obtener la constancia de antecedentes penales se requiere la toma de mis huellas dactilares ¿Cómo lo puedo resolver?

Como habrá leído en la información que aquí se señala y la que tiene el OADPRS publicada en su sitio, la toma de huellas no forma parte de los requisitos para obtener la constancia federal de antecedentes penales. 

La toma de huellas se solicita para otro trámite y documento, la constancia de datos registrales. Para mayor información sobre este tema, dar click en este enlace.

Soy nacional español o de otra nacionalidad y debo gestionar la constancia de antecedentes penales de México, ¿Cómo puedo realizar el trámite?

Verifique los teléfonos de contacto del OADPRS para que consulte el procedimiento que debe llevar a cabo en su caso. La información la encuentra al final del siguiente enlace:

https://constancias.oadprs.gob.mx/

Tengo más dudas sobre este trámite. ¿Cómo puedo presentar mi consulta?

Contacte con el OADPRS en el siguiente correo para exponer su situación particular: modulo.informacion1@oadprs.gob.mx 

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CARTA CONSULAR A LA FGR PARA TRAMITAR LA CONSTANCIA DE DATOS REGISTRALES EN MÉXICO. 

Descripción de este trámite

La constancia de datos registrales se tramita en la Fiscalía General de la República (FGR) a través de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales en la ciudad de México y las delegaciones en los estados de la República.

Para obtener este documento la persona solicitante debe cumplir con una serie de requisitos específicos. Dentro de ellos se encuentra una carta fundada y motivada por la embajada o consulado (entre otras autoridades). Para información específica, consulte el siguiente enlace de la FGR:

¿ Cómo obtener la constancia de datos registrales? Dar Click

Tenga en cuenta que esta Embajada no puede realizar otra gestión más que apoyar con la emisión de la carta consular y la integración de su expediente, para que usted posteriormente lo presente o remita a México y pueda obtener la constancia.

Requisitos para obtener la carta consular en este Consulado Honorario

Deberá hacer cita llamando al 922292505 o enviando un correo a secretaria@consultenerife.com
Debe presentarse personalmente y traer consigo la siguiente documentación:

  • Formato de solicitud debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace
  • Formato de ficha de filiación y huellas dactilares debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace. Favor de NO cumplimentar el espacio destinado a las huellas. Éstas serán tomadas en el Consulado.
  • Original y copia de pasaporte (vigencia min 6 meses). Solo hoja de datos y fotografía; ver ejemplo de la fotocopia dando click aquí).
  • Original y copia de acta de nacimiento. Con no más de cinco años de haber sido expedida. En caso de ser naturalizado, presentar carta de naturalización.
  • Original y copia del Certificado de empadronamiento lo más reciente posible. Cabe indicar que para cuando realicen el trámite en México se exigirá que no tenga más de 3 meses de su expedición.
  • Copia de la Cartilla militar liberada o en su caso, constancia de aplazamiento de la incorporación al activo (sólo en el caso de solicitantes varones mexicanos)

Atención: en caso de que un familiar o una persona de su confianza vaya a gestionar en México la constancia en su nombre, también deberá presentar;

  • Carta poder simple cumplimentada y copia de las identificaciones de las 2 personas que firman como testigos. Puede obtener Formato de carta poder simple en este enlace

Revisada la documentación, se le tomarán las huellas dactilares en el formato correspondiente.

Tiempo de resolución

Una vez entregada toda la documentación en este Consulado, es enviada a la Embajada en Madrid donde se procederá a la certificación de los documentos y a la posterior devolución, aproximadamente entre 2 y 3 semanas más tarde, del expediente completo a este Consulado, acompañado de una carta de la Embajada solicitando a las autoridades mexicanas expidan dicho certificado a la persona autorizada que irá en su nombre, puesto que el citado documento se lo exigen en España.

Para retirar la carta consular deberán tramitar cita previa con este Consulado Honorario (secretaria@consultenerife.com o Tel. 922292505)  y acudir personalmente a retirarla.

Gestión de la constancia de datos registrales en México

Una vez que cuente con su expediente de documentos que le es entregado en el Consulado, usted puede continuar con el trámite de la constancia federal de antecedentes penales ante la FGR (en la ciudad de México o en la delegación del estado de la República que corresponda).

Si no puede ir a México a solicitarla directamente puede gestionarla a través de un familiar o persona de su confianza; en este caso, deberá enviar también una carta poder simple firmada por usted y dos testigos. Sería necesario enviar copia de las identificaciones de las personas señaladas.

Usted puede utilizar el formato de carta poder que esta Embajada pone a su disposición, dando click en este enlace.

Tenga en cuenta que la FGR solicita que además de los documentos arriba señalados se deberán presentar dos fotografías a color, fondo blanco, tamaño pasaporte (4.5  x 3.5 cm): una de las fotos debe ser de frente y una de perfil derecho.

El costo de este trámite que se debe pagar en la FGR o delegación correspondiente es de 212 pesos.

La FGR señala que la resolución del trámite puede tomar hasta 10 días hábiles.

La constancia tiene una validez de 30 días naturales a partir de su expedición por la FGR.

Una vez que cuente con la constancia de datos registrales, para que sea válida en España y en el extranjero, debe contener la apostilla que se obtiene en la Secretaría de Gobernación en la ciudad de México.

Para mayor información sobre la apostilla consulte el siguiente enlace: información sobre apostilla.

Ya que usted cuente con la constancia y la apostilla, la puede presentar ante la autoridad española correspondiente.

Recuerde que es responsabilidad de cada persona presentar la solicitud del trámite en México teniendo en cuenta las alternativas que tiene para ello y que ya han sido señaladas.

Le recordamos visitar el siguiente enlace con detalle del domicilio y procedimiento para obtener cita y obtener en México la constancia de datos registrales:

¿Cómo obtener la constancia de datos registrales? (dar click)

Preguntas frecuentes

No puedo ir a México a gestionar el documento personalmente, ¿qué puedo hacer?

Como se ha señalado, si usted no puede viajar a México a realizar la solicitud, un familiar o persona de su confianza puede gestionar en su nombre este documento; para ello, deberá remitir una carta poder simple y copia de las identificaciones de las personas que firman como testigos.

¿La Embajada me puede facilitar datos de una persona o gestoría que me ayude con el trámite en México?

No. La Embajada no puede realizar otra gestión más que apoyar con la emisión de la carta consular y la integración de su expediente. Consulte con familiares o conocidos que le puedan ayudar con este trámite.

¿Puedo obtener la constancia de datos registrales por medio de la Embajada?

No. La Embajada no puede realizar otra gestión más que apoyar con la emisión de la carta consular y la integración de su expediente.

¿La Embajada puede ayudarme con la gestión de la apostilla de la constancia de datos registrales?

No. La Embajada no puede realizar otra gestión más que apoyar con la emisión de la carta consular y la integración de su expediente. Recuerde además que la apostilla de este documento solamente se puede realizar en México.

¿Es necesaria la toma de huellas dactilares para este trámite?

Si. Para obtener este documento es necesaria la toma de huellas dactilares que se toman en el Consulado Honorario el día de la cita.

¿Cuál es el comprobante de domicilio que debo remitir para solicitar el trámite?

Debe presentar el empadronamiento del lugar donde reside en España preferentemente, o algún recibo de pago de servicios en España a su nombre (electricidad, teléfono, agua, gas) que haya sido emitido en un plazo que no sea mayor a 3 meses.

Para información general sobre el empadronamiento en España puede consultar este enlace.

Vivo fuera de Madrid, ¿puedo presentar la solicitud de la carta consular a distancia?

No. La gestión de la carta consular se realiza únicamente de manera presencial.

Usted puede acudir al Consulado Honorario de México en Tenerife a presentar los documentos señalados en los requisitos. Esas oficinas de apoyo se encargan de revisar la documentación y la remiten a la Embajada para que pueda ser emitida la carta consular, que es enviada una vez expedida para que le sea entregada. Tenga en cuenta que este procedimiento especial podría tomar hasta 10 días hábiles para su resolución.

No cuento conmigo con original/copia certificada de mi acta de nacimiento mexicana o con alguna que tenga menos de cinco años de haber sido expedida, ¿qué puedo hacer?

Usted puede gestionar en España una copia certificada de su acta de nacimiento mexicana de manera muy sencilla:

    • Obtener una copia certificada de acta de nacimiento por internet: más información dando click en este enlace.
    • Obtener una copia certificada de acta de nacimiento en este Consulado Honorario: más información dando click

¿La copia certificada del acta de nacimiento que se solicita presentar para el trámite debe estar apostillada?

No. La documentación mexicana que se presente en la Embajada para este u otros trámites no requiere estar apostillada.

¿Se puede tramitar la carta consular requerida para solicitar la constancia de datos registrales locales que emite mi Estado (Tamaulipas, Jalisco, etc.)?

Sí. Para ello debe consultar los requisitos completos que solicita su Estado para que le expidan el documento y contactar a esta Embajada siguiendo el procedimiento señalado en la Carta de Datos Registrales.

Es muy importante que verifique si este documento sería aceptado para el trámite que le solicita la autoridad española. Se tiene conocimiento que muchas de ellas no lo consideran suficiente y solicitan gestionar la constancia a nivel nacional.

En tal sentido, es recomendable que gestione la Constancia Federal de Antecedentes Penales siguiendo el procedimiento y requisitos señalados en el apartado correspondiente.

Me encuentro en  México y requiero la carta consular para tramitar la constancia de antecedentes penales para un trámite en España ?¿cómo la puedo  gestionar?

Póngase en contacto con la Embajada de España en la Ciudad de México para conocer el procedimiento para obtener la carta consular.

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/MEXICO/es/ServiciosConsulares/TramiteConsularMexico/Paginas/otroscertificados/penales.aspx 

¿Cuánto tiempo se requiere para obtener la constancia de datos registrales?

La FGR indica que la resolución de la constancia puede tomar hasta diez días hábiles. Para mayor detalle consulte el enlace que ha sido proporcionado.

La apostilla se gestiona en la ciudad de México y el tiempo de resolución es el mismo día que se presente la solicitud. Visite el enlace que se brindó anteriormente.

¿Los testigos que aparecen en la carta poder simple deben ser de México o España?

Deben ser personas conocidas que residan en España y que puedan firmar la carta poder y presentarle sus identificaciones.

¿Debo presentar las identificaciones originales de los testigos que firman en la carta poder?

No. Solamente debe presentar copia simple por ambos lados de las identificaciones de los testigos.

La autoridad española me ha señalado que puedo presentar un certificado consular de conducta para mis trámites ¿puedo obtener este documento en la Embajada?

No. La normatividad consular estable expresamente el tipo de certificados que emiten las Representaciones de México en el Exterior, dentro de los cuales no/no se encuentran los de datos registrales, los de buena conducta y los de antecedentes no penales.

Usted debe tramitar en México, invariablemente, la constancia de datos registrales penales siguiendo el procedimiento aquí indicado.

¿Cuánto tiempo de validez tiene la carta consular para que pueda ser aceptada en México para tramitar la constancia de datos registrales?

La carta consular es aceptada hasta 30 días después de la fecha que es emitida. Tenga en cuenta esta información para coordinar lo pertinente en su solicitud de cita y el envío o presentación de su expediente en México.

¿La Embajada puede ayudarme a obtener la carta consular y gestionar la constancia de manera urgente?

No. La atención se da de conformidad con el procedimiento y plazos indicados. Tome las previsiones pertinentes para cada uno de los procesos que hay que llevar a cabo en esta Embajada y con el resto de autoridades en México.

Ya había gestionado la carta consular pero tengo que hacer un cambio en el nombre de la persona que va a presentar la solicitud en mi nombre ¿puede la Embajada reimprimirme el documento para que continúe mi trámite?

No. Deberá presentar nuevamente la solicitud cumpliendo con los requisitos y el procedimiento indicados. Es muy importante tener esto en cuenta para que tome las decisiones oportunas sobre su caso.

Ya había gestionado la carta consular pero no pude enviarla en el tiempo establecido para que fuera aceptada en México ¿puede la Embajada reimprimirme el documento para que continúe mi trámite?

No. Deberá presentar nuevamente la solicitud cumpliendo con los requisitos y el procedimiento indicados. Es muy importante tener esto en cuenta para que tome las decisiones oportunas sobre su caso.



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EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE ACTAS DE NACIMIENTO, MATRIMONIO O DEFUNCIÓN DE REGISTRO CIVIL LEVANTADAS EN EMBAJADAS Y CONSULADOS MEXICANOS, ASÍ COMO DE ACTAS DE NACIMIENTO, MATRIMONIO, DIVORCIO O DEFUNCIÓN LEVANTADAS EN OFICINAS DE REGISTRO CIVIL EN MÉXICO. 

Descripción de este trámite.

Copia certificada de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción que hayan sido expedidas originalmente en una oficina del Registro Civil en México o en alguna Embajada o Consulado de México en el exterior.

¿ A quién está dirigido? 

Personas mexicanas que requieren obtener una copia certificada de su acta de nacimiento, matrimonio, divorcio o de la defunción de un familiar, a efecto de presentarla como parte de una gestión o trámite en España o México.

Requisitos

1. Presentar el formato de solicitud debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.

2. Original y copia simple de identificación mexicana vigente (de preferencia pasaporte).

  • En caso de actas de menores de edad, identificación de cualquiera de los padres.
  • En caso de solicitud de copia certificada de acta de matrimonio o divorcio, identificación de cualquiera de los cónyuges.
  • En caso de solicitud de copia certificada de acta de defunción, identificación de hijos o padres.

Procedimiento para presentar la solicitud. 

– Enviar copia digital de la documentación arriba señalada en los requisitos en formato PDF, al siguiente correo electrónico: 

secretaria@consultenerife.com

– En respuesta recibirá un correo con el resultado de la búsqueda del documento en el sistema para expedición. Deberá comprobar que los datos estén correctos y se le solicitará:

  • Las tasas por la expedición del certificado se abonan mediante giro postal de Correos. Contacte con nosotros en el correo secretaria@consultenerife.com y le daremos las instrucciones para realizar el pago.

Importe: Consultar nuestra sección de tarifas consulares. Tengan en cuenta que las tarifas varían mensualmente.

– Se le informará vía electrónica o por teléfono cuando las copias certificadas se hayan recibido en el Consulado Honorario de México para que se presente personalmente previa cita con su identificación original y pueda retirarla.

El tiempo aproximado de tramitación es de 2 a 3 semanas.

Para que la copia certificada de este documento expedida en la Sección Consular puede ser utilizada para trámites y gestiones en España, debe ser apostillada.

La apostilla solamente se puede tramitar en México. 

La Embajada no puede intervenir en el proceso de apostilla de documentos de México o España. En estos casos requiere 2 pasos:

  1. Solicitar a la Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos (DGSERH) de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la certificación de la firma del funcionario del Servicio Exterior Mexicano que expidió el acta. El procedimiento y requisitos se pueden consultar en la página: https://www.gob.mx/tramites/ficha/certificacion-de-firmas-de-un-documento-que-expidan-los-miembros-del-servicio-exterior-mexicano-en-el-extranjero/SRE2848
  2. Una vez hecho lo anterior, deberá requerir la apostilla o legalización del documento a la SEGOB presentando el Acta certificada por la oficina consular correspondiente, acompañada de la certificación de firma que formuló la DGSERH. En la página de internet de dicha dependencia podrá encontrar la información al respecto https://dicoppu.segob.gob.mx/es/DICOPPU/Tramites

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CERTIFICADO PARA ACREDITAR LA SUPERVIVENCIA FÍSICA DE PENSIONISTAS DEL GOBIERNO DE MÉXICO. 

Las personas que son pensionistas del IMSS, ISSSTE u otras dependencias y que requieran presentar su solicitud de supervivencia, deberán remitir su solicitud y documentación vía correo electrónico a este Consulado Honorario (secretaria@consultenerife.com ) para realizar la entrevista por videoconferencia telefónica.

Hasta nuevo aviso, deben abstenerse de acudir personalmente a la oficina consular en beneficio de su seguridad.

Pueden contactar con este Consulado Honorario para cualquier duda al respecto en el 922 292 505.

La documentación a enviar por correo electrónico es la siguiente:

Para pensionistas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el interesado debe presentar:

  1. Original y fotocopia de su identificación vigente (pasaporte, matrícula consular, credencial IFE, etc.). En caso de nacionales españoles, puede ser su pasaporte o DNI vigente, o pasaporte de la nacionalidad que ostente.
  2. Original y copia de su credencial de pensionista expedida por el ISSSTE o del último talón de pago donde figure su número de pensión.
  3. Una fotografía reciente a color, de frente, con fondo blanco y medida 4.5 x 3.5 cm.
  4. Formato de solicitud cumplimentado

Para pensionistas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el interesado debe presentar:

  1. Original y fotocopia de su credencial de pensionista expedida por el IMSS, último talón de pago, si cuenta con éste o cuenta bancaria donde le depositan la pensión y donde figure su número de seguridad social (NSS)
  2. Original y fotocopia (sin recortar) de su identificación vigente.
  3. Una fotografía reciente a color con fondo blanco de medida 4.5 x 3.5 cm (sólo para pensionistas sujetos a la Ley IMSS`97)
  4. Formato de solicitud cumplimentado

Para pensionistas del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), el interesado deberá presentar:

  1. Original y copia de la tarjeta de filiación.
  2. Original y copia de su identificación vigente.
  3. Formato de solicitud cumplimentado

Para pensionistas de otros Institutos, el interesado (a) deberá presentar:

  1. Original y copia del pasaporte u otro documento de identidad.
  2. Proporcionar su número de pensionista (Ejemplo: ISSEMYM, Gobiernos estatales, Nacional Financiera, etc.)
  3. Una fotografía reciente a color, de frente, tamaño 4.5 x 3.5 cm con fondo blanco.
  4. Formato de solicitud

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CERTIFICADO DE CAPACIDAD MATRIMONIAL (INFORMACIÓN)

El certificado de capacidad matrimonial no es expedido por las autoridades del registro civil mexicano y tampoco por las oficinas consulares mexicanas.

Conforme al Convenio relativo a la expedición de un certificado de capacidad matrimonial firmado en Múnich el 5 de septiembre de 1980, doce países, entre ellos España, expiden ese certificado, cuando uno de sus nacionales lo solicite para la celebración de su matrimonio en el extranjero y reúna, con respecto a la ley del Estado que expida el certificado, las condiciones necesarias para contraer dicho matrimonio.

De acuerdo con la legislación civil, en México los mexicanos y extranjeros que pretendan contraer matrimonio deben cumplir con los requisitos establecidos por el Código de Familia o Civil de la entidad federativa del registro civil donde se registrará el matrimonio.

La Oficina Consular puede expedir el Certificado de Leyes relativo al Código de Familia o Civil de la Entidad federativa correspondiente que contenga las disposiciones sobre los requisitos generales que una persona debe cubrir para contraer matrimonio en esa Entidad. Si la persona interesada acredita cumplirlos, esto la habilita o capacita para la celebración de ese acto civil.

Las oficinas consulares al registrar actos de registro civil: nacimiento, matrimonio y defunción se rigen por el Código Civil Federal. Por ello normalmente, la persona mexicana interesada en acreditar que cumple las disposiciones de la legislación civil para contraer matrimonio, solicita que se expida el Certificado de Leyes sobre las disposiciones en esa materia previstas en el antes citado Código. Asimismo, en el mismo Certificado de Leyes  antes mencionado, se desprende que sus disposiciones no requieren la publicación de edictos para contraer matrimonio en México.

Para información sobre el trámite del Certificado de Leyes, presione en este enlace: Certificado de leyes (ejemplo no publicación de edictos)

Si el requerimiento de la autoridad española se refiere a la acreditación de su estado civil para contraer matrimonio, éste puede referirse a un certificado constancia de soltería, de inexistencia de matrimonio o de divorcio.  Para mayor información presión en este enlace: Certificado o Constancia de Soltería.

Conozca los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales en el siguiente enlace:  https://sre.gob.mx/avisos-de-privacidad